Subsidio a la Nómina

Subsidio a la Nómina, esta es la fecha límite para postularse

Plazo límite, para postularse y obtener el Subsidio a la Nómina

Los patronos que alcanzaron ampliar la cantidad de trabajadores en sus respectivas nóminas de sus empresas; el último plazo para tener el beneficio de ingresar en el Subsidio a la Nómina, fue hasta el 27 de enero.

El Ministerio de Hacienda, notificó que la fecha tope, es decir, el 27 de enero, es el último día, para que puedan ingresar, los micros, pequeñas y medianas empresas, al Programa de Apoyo al Empleo Formal (P.A.E.F.), y este programa, es de gran importancia; ya que tiene como finalidad, favorecer en forma monetaria, cancelando una fracción del salario a la plantilla de sus   trabajadores.

Finalidad del Subsidio a la Nómina

Este programa social tiene como primer propósito, ser solidario, empático, con sentido de cooperación, con el micro, pequeñas y medianas empresas; que actualmente se han visto afectadas profundamente, a causa de la pandemia Covid 19.

El importe o aporte del subsidio es de un  25% del sueldo mínimo, para todos los empresarios, que incrementaron trabajadores a su nómina y cuyas edades oscilen entre los 18 y 28 años; además también  serán favorecidos con  un 15%  adicional aquellos que contraten a cada fémina, sin tomar en cuenta su edad cronológica.

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El aporte de la ayuda, no se otorga de primera mano a los empleados, sino que el gobierno suministra el monto a los empresarios, con la finalidad; de que dicho monto sea complementado en el salario de sus  empleados, al instante de aplicar el Programa Subsidio a la nómina.

Programa de Apoyo al Empleo Formal

Este beneficio se conoce con los términos del P.A.E.F., retornando cuando se aprueba la Ley de Inversión Social, adónde el estado de Colombia; incorporó más beneficios, a las micro y pequeñas empresas de su territorio.

Al implementar en primer momento el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF),  se alcanzó ayudar a 254.741 trabajadores; que fueron favorecidos en las 31.968 empresas donde laboraban y por lo cual contaron con el beneficio del programa.

Al implementarse el segundo momento el programa, la cantidad de trabajadores   favorecidos fue de 247.831; en los 31.316 micros y pequeñas empresas donde ejecutaron las labores y la cifra que se aportó  para este programa,  fue de 204.931 millones de pesos.

El Programa de Apoyo al Empleo Formal (P.A.E.F.), contará con un absoluto de 7.000.000 billones de pesos, para ser adjudicados a todos los empleadores; a lo largo del país y así beneficiar a sus trabajadores.

¿Quiénes puede obtener el beneficio a la ayuda de la Nómina?

  • Ciudadanos que tenga carácter jurídico.
  • Consorcios y uniones temporales.
  • Entidades sin fines de lucro o patrimonios declarantes de renta.
  • Cooperativas.
  • Establecimientos educativos no oficiales.
  • Ciudadanos naturales con dos o más empleados que se encuentren registrados en la Planilla Integrada de liquidación de Aportes (P.I.L.A.).
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Requisitos imprescindibles para optar por el Subsidio Nómina

  • El micro, pequeñas y medianas empresas deberán demostrar la inclusión de nuevos empleados, en forma adecuada en sus nóminas y así verificarlas y compararlas con la nómina que está registrada en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (P.I.L.A); hasta el mes de marzo de 2021.
  • Disponer de cuenta de depósito en una entidad financiera.
  • Estar al día en la cancelación de sueldos y aportes de protección social de todos sus empleados.
  • No poseer participación en la nación y/o sus entidades descentralizadas; mayor al 50 %  de su capital.
  • Si es ciudadano natural empleadora, no debe tener vínculos políticos (P.E.P.)
  • Si es una cooperativa, debe estar registrada en la Cámara de Comercio de su domicilio principal.

Subsidio a la Nómina

Recaudos imprescindibles para optar por el Subsidio Nómina

  • Poseer el formulario de postulación elaborado y firmado por el representante legal, si el ciudadano es natural, o es de carácter jurídico empleador o promotor, se debe hacer saber si su micro, pequeña o mediana empresa; está en reestructuración o liquidación.
  • Tener la certificación firmada por el ciudadano natural empleadora, o el representante legal y el fiscal o contador público, señalando:
  • Que los empleados que serán beneficiados con el subsidio, cobraron el sueldo respectivo del mes anterior y que hoy por hoy, están solventes; en la cancelación de los aportes de su seguridad social.
  • Si se han adelantado o aventajado procesos de sucesión patronal o de patrón, después de marzo de 2021.
  • Contar con el Registro Único Tributario (R.U.T.), registrado seis meses antes b dicha postulación.
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Beneficios que ofrece el Subsidio Nomina

Las micro, pequeñas y medianas empresas que sean beneficiadas con el subsidio; obtendrán el equivalente al 50% de un salario mínimo, por cada uno de sus empleados.

Este aporte también será dirigido a los empleadores del sector Turismo, Hoteles, Gastronomía, Artes Plásticas, Entretenimiento y Recreación.

En cambio para los sectores económicos, el aporte para el empleador será de 40% de un salario mínimo por cada trabajador de su negocio.

Requisitos necesarios para que puedan postularse al Subsidio de Nómina

Los interesados a postularse, deben dirigirse a una institución financiera, para  realizar las diligencias pertinentes y así optar por el Subsidio Nómina, este trámite se puede realizar de dos maneras, de  presencial o virtual.

Las personas naturales o jurídicas que prefieran gestionar el Susidio a la Nómina por el canal on line, pueden hacerlo, siguiendo las siguientes pautas:

  • Buscar por internet el Programa de Apoyo al Empleo Formal BBVA en la entidad bancaria de su preferencia y verificar los requerimientos que solicita para llevar a término dicha solicitud.

El gobierno de Colombia, interesado en el bienestar de su pueblo, consideró pertinente crear el Programa de Apoyo al Empleo Formal y así apoyar a los empleadores y empleados que se vieron perjudicados por la pandemia Covid 19.

Interesados, si luego de leer en que consiste este programa, y aun se te presentan dudas para obtener este beneficio, le sugerimos que ingrese a su página oficial y así aclarar las interrogantes que todavía se le presentan, algunas sugerencias son:

  • Página Web
  • Atención al Cliente Bogotá: (+57) 601 492 60 90
  • Correo de Judiciales: notificacionesjudicialesugpp@ugpp.gov.com

https://paef.ugpp.gov.com/

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